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Para Ti

En las últimas semanas, las sanciones a las compañías de comunicaciones por abusos a los derechos de los usuarios han sido tema de discusión en los medios de comunicación y las redes sociales. A continuación te presentamos los 10 principales derechos que tienes a la hora de reclamar ante un proveedor de telecomunicaciones.

Todos tienen una historia que contar sobre un problema con uno u otro operador. Pero como no, las comunicaciones, en especial las móviles, se han convertido en un elemento fundamental de la vida diaria. Según el ministerio de las TIC, en Colombia había en marzo pasado 47'172.785 líneas móviles; de hecho, el centro de contacto del mayor operador del país, Claro Móvil, recibe 80 millones de llamadas mensuales (no quejas).

Si bien es inevitable que se produzcan fallas en la atención de empresas, estas son cada vez mayores y más recurrentes, y además tiene la capacidad de hacer sentir al cliente maniatado ante un gigante al que poco le interesa un caso aislado.

Sin embargo, los colombianos cuentan, desde enero, con más herramientas para hacer valer sus derechos frente a los operadores de comunicaciones fijas y móviles -no incluye televisión por suscripción-. Se trata del 'Régimen Integral de Protección de los Derechos de los Usuarios de los Servicios de Comunicaciones', expedido por la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC).

Dicho régimen les brinda a los usuarios nuevas herramienta para hacerse respetar, pues según la Superintendencia de Industria y Comercio, las empresas están pasando por alto algunas regulaciones que benefician a los clientes.

A continuación, 10 derechos que tienen los usuarios y probablemente no lo sabías. Cabe señalar que hace poco se presentó un listado similar en esta sección, pero que debido a las numerosas sanciones, vale la pena retomarlo.

1. Usted tiene la razón

Toda duda en la interpretación o aplicación de las normas y de las cláusulas del contrato celebrado entre el proveedor de servicios de comunicaciones y el usuario será decidida a favor de este último, de manera que prevalezcan sus derechos.

2. El número es suyo

Usted se puede cambiar de operador móvil y llevarse su número, sin que le pidan cartas, paz y salvos o documento alguno. Debe cumplir con la permanencia y no tener deudas.

3. Equipos abiertos

Si un usuario adquiere un celular nuevo, sin importar el plan, la modalidad de contrato o el equipo, este debe ser entregado sin ningún tipo de bloqueo para que funcione en cualquier red en Colombia. Y si está bloqueado, deben liberarlo sin costo.

4. Si no sirve lo deben compensar

Si no puede llamar o navegar por un fallo del operador, tendrá derecho a una compensación, que debe ser igual al tiempo de servicio no recibido. Deberá informar del daño y exigir la compensación.

5. Tiempo mínimo

Los contratos con cláusula de permanencia solo pueden pactarse cuando la empresa financie el cargo de conexión o los aparatos. En caso de equipos con acceso a Internet, el periodo puede subir a dos años.

6. Termine el contrato

Diez días antes del corte de factura, y a través del medio en el que contrató el servicio (teléfono, por ejemplo), podrá pedir la cancelación del contrato. El operador debe hacerlo sin exigir documentos adicionales (no se aplica si tiene cláusula de permanencia).

7. Roaming cuando lo pida

Cuando viaje, su operador solo podrá activar el roaming internacional luego de su solicitud o de que lo active manualmente en un 'smartphone'. Ponga atención al valor del minuto y la descarga de datos, porque la sorpresa puede ser muy grande.

8. Basura electrónica

Aquí usted comparte la responsabilidad con su operador. Cuando tenga un dispositivo que quiera desechar, solicite información sobre dónde puede eliminar el aparato de forma adecuada. La empresa debe informarle sobre el procedimiento.

9. Cómo quejarse

Quéjese de forma verbal o escrita, por medio de una llamada, SMS, e-mail o una red social. El operador debe responder en un plazo de 15 días hábiles, aunque pueden solicitar una prórroga de 15 días más. Si no hay respuesta, se entenderá que usted tiene la razón.

10. Cambio en las tarifas

Los cambios de tarifas y de planes solo entrarán a regir una vez se los den a conocer. En los contratos de prestación de servicios le deben indicar de forma clara cuando se modifique la tarifa.

Fuente: El Tiempo Edición Impresa – Agosto 8 de 2012

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